Visado de Nómada Digital de España
El Visado de Nómada Digital español permite a ciudadanos no pertenecientes a la UE vivir y trabajar en España mientras trabajan para empresas fuera de España.
Para: Trabajadores remotos, profesionales independientes (freelancers) y empleados de empresas no españolas.Cronograma Estimado
2-4 meses
El Proceso de Solicitud
Paso a paso, desde el inicio hasta la aprobación.
Evaluación Inicial
Decida si presenta la solicitud desde su país de origen en un consulado español (visado de 1 año que se canjea por la TIE tras la llegada) o desde dentro de España, con sello turístico, ante la UGE-CE en Madrid (tarjeta de residencia de 3 años emitida directamente). A continuación, prepare su carpeta de pruebas. La mayoría de los solicitantes dedica entre 4 y 8 semanas a reunir y apostillar la documentación.
- Certificado de antecedentes penales apostillado de cada país en el que haya residido durante los últimos 5 años. Suele tener una validez de solo 90 días, así que no lo solicite con demasiada antelación.
- Título universitario apostillado o, en su defecto, una carta firmada por su empleador que confirme más de 3 años de experiencia profesional pertinente.
- Contrato laboral o prueba de actividad por cuenta propia que acredite una relación laboral de al menos 12 meses, junto con sus tres últimas nóminas y extractos bancarios.
- Documento que confirme que su empleador lleva operando al menos 12 meses (certificado de constitución o equivalente).
- Traducción jurada al español de cualquier documento que no esté originalmente en castellano.
Presentación de la Solicitud
Si presenta la solicitud desde el extranjero, debe pedir cita en el consulado español que cubra su zona de residencia y entregarla en persona. Si la presenta desde dentro de España, el expediente se sube a la UGE-CE en Madrid y se resuelve sin entrevista, que suele ser la vía más rápida.
- La tasa pública es de aproximadamente 80 € por el visado consular o 74 € por el expediente de residencia en territorio nacional (Modelo 790-038).
- Las solicitudes presentadas en España suelen resolverse en 20 días hábiles, con silencio administrativo positivo si la oficina incumple ese plazo.
- Los plazos consulares varían según el país: cuente con entre 1 y 3 meses desde la cita hasta la resolución.
- Necesitará un NIE español para la vía nacional. Un representante fiscal puede solicitarlo en su nombre si todavía no se encuentra en España.
Aprobación del Visado
Las aprobaciones de la UGE-CE llegan por correo electrónico y otorgan un permiso de residencia de 3 años que cubre al solicitante principal y a los familiares incluidos en el expediente. Las aprobaciones consulares se materializan en un sello en el pasaporte, válido por 1 año, que le permite entrar en España para empadronarse.
- Cónyuges, parejas registradas e hijos dependientes pueden incluirse en el mismo expediente o incorporarse más tarde mediante reagrupación familiar.
- Si su solicitud es denegada, dispone de 1 mes para interponer un recurso administrativo antes de que la vía judicial sea el siguiente paso.
- Motivos habituales de denegación: ingresos calculados en neto en lugar de bruto, una relación laboral de menos de 12 meses o contratos que parecen empleo local español encubierto.
Solicitud de la TIE
Una vez en España, dispone de 30 días para acudir a su cita de toma de huellas en una comisaría de la Policía Nacional. La tarjeta TIE física (Tarjeta de Identidad de Extranjero) suele estar lista entre 30 y 45 días después y se recoge en la misma comisaría.
- Empadrónese en el ayuntamiento antes de pedir cita en la policía. Necesitará un contrato de alquiler o una escritura de propiedad.
- Lleve a la cita su pasaporte original, el justificante de la tasa de 16,08 € (Modelo 790-012) y una fotografía reciente tipo carné.
- Si solicitó el visado desde el extranjero (válido por 1 año), el trámite policial lo canjea por una TIE de 3 años, renovable por 2 años más.
- Una vez tenga la TIE, podrá darse de alta en la Seguridad Social, inscribirse en la sanidad pública si reúne los requisitos y solicitar el régimen fiscal especial del 24% en los 6 meses siguientes a su llegada.
Requisitos Principales
Lo que necesita para calificar para este visado.
Ingresos mínimos del 200% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), aproximadamente 2.520 €/mes
Título universitario o al menos 3 años de experiencia profesional en su campo
Justificación de trabajo remoto durante al menos 3 meses
Contrato con una empresa no española (con al menos 1 año de antigüedad)
Certificado de antecedentes penales sin tachas durante los últimos 5 años
Seguro de salud privado con cobertura completa en España
¿Cumples los requisitos?
Responde a unas preguntas rapidas para ver si cumples los requisitos clave de este visado.
¿Ganas al menos el 200% del Salario Minimo Interprofesional (aproximadamente 2.763 €/mes) con trabajo remoto?
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